Las negociaciones han sido intensas para alcanzar una normativa que
nos aproxime al marco europeo y permita que nuestros títulos
náuticos puedan competir en las mejores condiciones con los que
existen en los países de nuestro entorno. Pero finalmente, la
Administración atendiendo a la demanda del sector, con ANEN como
principal portavoz e interlocutor, ha impulsado la reforma de las
titulaciones náuticas que con el texto definitivo se espera que será
publicado en breve plazo.
Para muchos la apertura de la “mano” es excesiva ya que cualquiera
podrá solo con el “titulín”, navegar un velero de 6 metros o una
motora de 5 metros con un fueraborda de más de 100 CVs. (la potencia
máxima aconsejada por el fabricante), o patronear un enorme yate
de 24 metros de eslora con el simple PER y 24 horas de prácticas
reconocidas...
Sea como fuere, la ampliación está a punto de ver la luz, en espera
de que la Secretaría General
Técnica del Ministerio de Fomento y la propia Dirección General de
la Marina Mercante confirmen la fecha de publicación... ¿Para
cuándo?... No se sabe.
Pero como poco, este cambio legislativo debería actuar como un
revulsivo para activar las ventas de barcos de pequeñas esloras.
Recordemos que el pasado año en Alemania, el cambio de ley en
atribuciones para pequeñas potencias produjo un tirón inmediato de
las ventas hasta donde no era necesaria ninguna titulación.
Una de cal y otra de
arena
Si bien en cierto que se hace difícil "visualizar" a un PER gobernando
una goleta de 24 metros de eslora y 200 toneladas de desplazamiento,
lo cierto es que hay países en donde las titulaciones no son
obligatorias y no por ello se producen más siniestros.
Entendemos que la responsabilidad final de llevar un barco sea de la
eslora que sea, es siempre del patrón o skipper. Quienes
debería mostrar preocupación o interés por este asunto son las compañías aseguradoras,
más que el legislador o el Estado. Y
en este sentido se debe entender que la reforma es muy positiva y parece indicar un reconocimiento por parte de la
administración, de la “madurez” del colectivo de aficionados a la
náutica de recreo.
Un aficionado de verdad debe obtener sus titulaciones náuticas por deseo de
aprender a navegar mejor, con mayor seguridad, logrando un mayor disfrute de la actividad.
La tenencia del título de Patrón de yate o Capitán implican pocos
conocimientos verdaderamente útiles en cuanto a la práctica real de
la navegación. Y de forma inversa, algunos PERs navegan
infinitamente mejor que otros Capitanes poco experimentados.
Y es que el hábito no hace al monje. El factor indicador de la
calidad del Skipper debería ser algo tan sencillo como el número de
millas navegadas. No existe PER, Patrón o Capitán que tenga la menor idea de
navegar si no acumula mil o dos mil millas a sus espaldas.
Por el contrario cualquier PER con 10 o 20.000 millas de experiencia,
navegará y sabrá más de la mar, que la inmensa mayoría de los
navegantes de fin de semana, sean del título que sean.
Ampliación de las atribuciones
Aumenta la eslora para poder navegar sin titulación, hasta los cinco
metros para embarcaciones a motor y seis metros para la vela.
Se podrá navegar con la Licencia de Navegación (anterior titulín)
con barcos de hasta seis metros de eslora, con la potencia
recomendada por el fabricante, y con motos de agua, con dos horas de
teoría y cuatro de prácticas.
Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Navegación
Básica hasta los ocho metros de eslora. Con el PER podremos llevar
hasta un velero de 15 metros de eslora. Y si realizamos 24 horas de
prácticas se podría tener autorización para llevar hasta un 24
metros incluso desde la península a las Baleares.
Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Yate que
permitirá navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y
hasta 150 millas de la costa...
Contenido de la formación
Una cosa son las titulaciones y otra bien distinta es lo que la
administración exija para conseguir cada una de estas atribuciones.
En este sentido también parecen soplar vientos de cambio. Si el tema
de las atribuciones genera una polémica profunda en todo el
sector, el asunto de los contenidos formativos podría dar lugar a
infinidad de debates.
Al final y aunque lo tratemos en detalle en otros artículos, en
términos generales el camino se dirige hacia la simplificación o
eliminación de asignaturas que parecen más propias de técnicos o
marinos mercantes que para aficionados a la náutica de recreo.
Es evidente que el conocimiento nunca está de más y que la formación
siempre es bienvenida. Pero.... ¿De verdad necesita un Capitán de
recreo saber resolver problemas de ingeniería naval para recalcular
metacentros cuando descargamos una desaladora de la
sala de máquinas? ¿Necesita algún aficionado conocer los criterios
de estabilidad de Rahola, saber calcular el momento dinámico de su
yate, o poder disertar sobre el contenido de los apéndices
de Marpol?
¿Cuantos barcos de recreo llevan a bordo un sextante? Aún más
difícil... ¿Quien lleva un libro de efemérides actualizado en su
barco? Un GPS
portátil puede costar menos que el famoso ladrillo de numeritos.
Alguien me comentó.... Ya, pero el GPS se puede estropear o caerse al
agua... Y les contesto yo; Exactamente lo mismo que el sextante.
En los tiempos que
corren y al precio que están, sin lugar a dudas lo suyo es llevar
dos o tres GPS en distintas ubicaciones, y recuerde que su iPhone o Smartphone tiene otro
que por cierto, por si alguien lo dudara aún, funcionará haya o no
cobertura.
Personalmente a mí me encanta y la física naval, pero como ya comentábamos, creo que el
valor añadido que aportan muchos conocimientos ahora obligatorios
son sencillamente prescindibles o cuando menos poco "rentables" en
términos relativos de coste de Aprendizaje/Utilidad real. Lo mismo
ocurre con la navegación astronómica. Es ciertamente apasionante, para el que así lo considere, y soy uno de ellos. Pero
es absolutamente innecesaria y de inexiste valor practico si lo
valoramos como Aprendizaje/Utilidad.
Más les valiera a
los examinadores ponerse delante de cada alumno y solicitarle sobre
la marcha realizar un "As de Guia" o un buen examen de
nudos , o realizar un Test sobre
situaciones reales de maniobras en puertos o navegación, parecido a
lo que hace la Dirección General de Tráfico en sus exámenes teóricos.
Complicada
decisión para el ministerio de Fomento, pues aunque el sentido común obliga a
recortar materias innecesarias, bien es cierto que aportan un
"barniz" marinero de gran valor. Sea como fuere recuerde llevar
siempre en el bolsillo un buen GPS portátil y si navega en alta mar,
no estará de más meterse en el otro un pequeño teléfono satelital.
¡Los tiempos ya han cambiado!
Exención de titulación:
·
Motor hasta 5 metros.
·
Vela hasta 6 metros.
·
Potencia 11,2 kw (15CV)
·
Navegación de día.
·
2 millas de un puerto de abrigo.
Licencia de Navegación:
·
Motor y vela hasta 6 metros.
·
Motos de agua.
·
Potencia adecuada a la embarcación.
·
Navegación de día.
·
2 millas de un puerto de abrigo.
·
2 horas de teoría (nociones radio)
·
4 horas de prácticas.
·
Escuelas y Federaciones.(Con certificado de calidad)
Patrón de Navegación Básica:
·
Motor hasta 8 metros.
·
Potencia adecuada a la embarcación.
·
Hasta 5 millas de un puerto de abrigo.
·
Exámenes por la Administración.
·
8 horas de prácticas.
·
Curso de radiocomunicaciones 4 horas (2T + 2P)
·
Prácticas por las Escuelas y Federaciones (con Certificado de
calidad).
Patrón de Embarcación de Recreo:
·
Motor y vela hasta 15 metros (vela previa realización prácticas
específicas).
·
Potencia adecuada a la embarcación.
·
Navegación de día y de noche.
·
12 millas de la costa.
·
Navegación dentro del archipiélago balear y canario.
·
Exámenes por la Administración
·
16 horas de prácticas.
·
Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
·
Solo escuelas (Con Certificado de calidad).
Adicionalmente, si se realizan 24 horas de prácticas, este título
habilitará para navegar:.
·
A motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas
específicas).
·
Entre Península y Baleares
Patrón de Yate:
·
Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas
específicas).
·
Potencia adecuada a la embarcación.
·
Navegación de día y de noche.
·
150 millas de la costa.
·
Exámenes por la Administración.
·
48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P).
·
Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
·
Solo escuelas (Con Certificado de calidad).
Capitán de Yate
·
Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas
específicas).
·
Potencia adecuada a la embarcación.
·
Navegación de día y de noche.
·
Navegación ilimitada.
·
Exámenes por la Administración.
·
48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P).
·
Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
·
Solo escuelas (Con Certificado de calidad)
·
Se permitirá el examen por bloques en PY y CY pero solo durante 3
convocatorias seguidas.
Otros Cambios
Significativos.
·
Mantenimiento de la renovación de la tarjeta cada 10 años, previa
presentación de reconocimiento psicofísico.
·
Se establece la eslora máxima de la embarcaciones en 24
metros.
·
Exigencia de una certificación de calidad, a escuelas y
federaciones, para determinados títulos
·
Posibilidad de que la Administración Competente realice el examen
práctico si así lo legisla.
·
Radio operador de corto alcance como obligatorio, el de largo
alcance como opcional.
·
Se permite el pantano sólo para la Licencia de navegación, el PNB y
las prácticas de vela.
·
Se permite el empleo de embarcaciones semirrígidas solamente para la
Licencia de navegación.
·
Los directores de las escuelas podrán realizar prácticas siempre y
cuando dispongan de la titulación adecuada.
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