FICHA DE PRODUCTO |
>100.000€ |
Hasta 7
años |
Lista
7ª |
Lista
6ª |
Se
requiere justificar utilización fuera de la CE
|
Sociedad - Particular |
Respuesta
aprox. 4 semanas |
IVA del
6% al 12% |
|
¿Cómo Funciona?
El leasing náutico italiano es un sistema de
financiación mediante arrendamiento financiero, con Opción de
compra, contratado con una entidad financiera o Banco Italiano,
cuyo titular podrá ser un Particular o una Sociedad, que permite
fraccionar el pago del IVA y de parte del valor del barco,
mediante la aportación de una entrada de aprox. un 30%.
Si se cumplen determinados requisitos es posible
beneficiarse de una reducción del IVA que se aplica en las
cuotas del leasing, (no en la opción de compra) que varía en
función de si el barco es de Vela o Motor, y de la eslora,
pudiendo llegar la reducción hasta un 6% en los de mayor eslora
(> 24 mts).
¿A qué barcos se puede
aplicar el Leasing Italiano?
A cualquier embarcación Nueva, de un valor mínimo
de 100.000.-€ que puede ser comprada en España o de importación,
y destinada a su uso en España y fuera de España , matriculada
en lista 7ª de recreo o en lista 6ª . Puede ser embarcación.
¿Plazo corto o Plazo
largo?
Los plazos en leasing italiano oscilan entre un
mínimo de 48 meses y un máximo de 84 meses. En algunos casos se
puede llegar hasta los 10 años.
¿y la Matriculación?
La realizará la gestoría especializada del banco,
en lista 7ª o 6ª, y a nombre de la entidad financiera como
armador-propietario, reflejándose la figura del arrendatario y
la opción de compra en la documentación del barco. Aunque sea
leasing italiano, la bandera será española.
¿y el Seguro?
Se debe contratar un seguro a todo riesgo, con
cesión de derechos a favor del banco, como una garantía
adicional. La Gestoría del banco se ocupa de su tramitación y
siempre con Compañías de Seguros de primer orden.
¿Qué nos pide el banco?
Lo habitual para el estudio de una operación de
crédito, en función de si se trata de persona física o sociedad:
Fotocopia del DNI, Declaraciones fiscales, Nóminas y
justificantes de ingresos, Escrituras, Balances, etc.
¿Tipo fijo o Tipo variable?
Tipo variable en función del Euribor 3 meses + un
diferencial. Además el banco cobrará una comisión de Estudio y
tramitación.
Tipo fijo durante todo el contrato, referenciado
al IRS en Italia más un diferencial.
¿Existe algún requisito para obtener la reducción del IVA?
Este requisito es de carácter Fiscal y se basa en
que la embarcación navege tanto en aguas Europeas o Españolas y
fuera de ellas por encima de las 25 millas y en países No
comunitarios.
En este momento existe un debate en Italia de si
es necesario demostrar o no la utilización y estancia de la
embarcación fuera de la CEE.
Si no se cumple este requisito, se puede
financiar pero se podría aplicar el IVA normal en Italia, que es
el 20%.
Igualmente es posible acogerse a un IVA “cero” en
el leasing si siempre se navege fuera de la CEE, o a una
combinación entre el IVA “cero” y el IVA 20% en función de los
meses de utilización y estancia dentro y fuera de Europa.
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