¿Cómo Funciona?
El leasing náutico francés es un sistema de
financiación mediante arrendamiento financiero, con Opción de
compra, contratado con un Banco francés, cuyo titular puede ser
ser una Sociedad o un Particular y que permite fraccionar el
pago del IVA y de parte del valor del barco, mediante la
aportación de una entrada de aprox. un 30%.
Si se cumplen determinados requisitos es posible
beneficiarse de un IVA reducido al 9,8% en las cuotas (no en la
opción de compra).
¿A qué barcos se puede
aplicar el Leasing Francés?
A cualquier embarcación Nueva, de un valor mínimo
de 40.000.-€ que puede ser comprada en España o de importación,
y destinada a su uso en España, matriculada en lista 7ª de
recreo. Puede ser embarcación de motor o de vela.
¿Plazo corto o Plazo
largo?
Los plazos en leasing francés oscilan entre un
mínimo de 3 años y un máximo de 15 años
¿y la Matriculación?
La realizará la gestoría especializada del banco,
en lista 7ª o 6ª, y a nombre de la entidad financiera como
armador-propietario, reflejándose la figura del arrendatario y
la opción de compra en la documentación del barco. Aunque sea
leasing francés, la bandera será española
¿y el Seguro?
Se debe contratar un seguro a todo riesgo, con
cesión de derechos a favor del banco, como una garantía
adicional. La Gestoría del banco se ocupa de su tramitación y
siempre con Compañías de Seguros de primer orden
¿Qué nos pide el banco?
Lo habitual para el estudio de una operación de
crédito, en función de si se trata de persona física o sociedad:
Fotocopia del DNI, Declaraciones fiscales, Nóminas y
justificantes de ingresos, Escrituras, Balances, etc
¿Tipo fijo o Tipo variable?
Tipo variable en función del Euribor + un
diferencial. Además el banco cobrará una comisión de Estudio y
tramitación.
Tipo fijo en el caso de algunas entidades en base
a un índice francés.
¿Existe algún requisito para obtener la reducción del IVA?
Si, normalmente el banco exige que la embarcación
sea de mayor de 7 mts. de eslora de homologación (no la
comercial) y además que la embarcación se matricule en una zona
mínima de 25 millas, ZONA 3, con la consiguiente obligación de
comprar y llevar a bordo una Balsa, Radiobaliza, VHF y resto de
equipamiento homologado obligatorio para ese tipo de navegación.
Este requisito es de carácter Fiscal y es
independiente a que el cliente No desee navegar por encima de
las 25 millas. El Forfait del IVA reducido se basa en la
posibilidad de que la embarcación navegue dentro y fuera de la
CE y del límite de las 25 millas. Al menos el permiso de
navegación debe permitir una distancia suficiente para salir de
la CE, aunque hoy por hoy ,no es obligatorio justificarlo
Si no se cumple este requisito, se puede
financiar pero se aplicará el IVA normal en Francia, cercano al
20%.
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