Muchos han sido los barcos financiados mediante leasing francés e
italiano con IVA reducido. Pero a partir de 2.010 y con la
aplicación de la Directiva Europea 2008/8/CE, se inicia la
aplicación de una importante reforma sobre el IVA que conducirá a la
desaparición
del IVA reducido fuera de las fronteras de
los países que lo venían aplicando: Francia e Italia.
¿Cuáles son las
consecuencias para los contratos de leasing actualmente en marcha?
Desde hace
unos años, importantes bancos extranjeros,
italianos y sobre todo franceses, han ayudado mucho a las ventas de
barcos al conseguir financiaciones que parecían prácticamente
salir al 0% de interés gracias a la diferencia del IVA entre el 16%
en España y el 9,8% francés, o incluso el 6% italiano para barcos de
gran eslora. Y bien subrayamos la palabra prácticamente, pues aunque
el cliente parecía beneficiarse de una financiación cercana al 0%,
en realidad la operación salía “redonda” gracias a la diferencia
de IVA, que compensaba el coste financiero o TAE de
financiación, que la entidad bancaria extranjera aplicaba. Esto es
muy importante ahora que desaparece la ventaja sobre el IVA
reducido, pues lo que queda son sólo las condiciones financieras!
Empecemos por el
principio
La realidad
del mercado náutico en España es muy preocupante. Los gobiernos,
sean del color que sean, no se enteran de nada y siguen
“erre-que-erre” pensando que el tema de los barcos de recreo es
asunto de ricachones y opulentas familias acaudaladas. Un nicho
perfecto al que “sangrar” al máximo con impuestos excesivos.
Nuestros gobernantes parecen confundir la sociedad del
bienestar, del ocio y del recreo, con la opulencia, la fortuna o la
exuberancia…
Como
consecuencia de todo ello existe el nefasto, injusto y único en
Europa, impuesto de matriculación del 12% para barcos de más de 8
metros de eslora. Asunto más que delicado, pues decenas de miles de
familias dependen directa o indirectamente de este importante sector
productivo de nuestra economía que ni de lejos se encuentra en donde
debería estar, “gracias” a la menguada amplitud de miras de nuestros
gobernantes.
Piénsenlo… En
Italia por ejemplo, los barcos no pagan el injusto tributo y además
gozan de un IVA que decrece al aumentar el precio y eslora de la
embarcación. ¡Que barbaridad! pensarán algunos. Y sin embargo el
resultado es claro. Nuestro vecino mediterráneo se ha convertido en
la mayor industria en fabricación de grandes barcos de recreo, dando
empleo a cientos de miles de personas y contribuyendo de forma muy
notable al PIB y a crear bienestar en todas las capas sociales. Y
esto no es demagogia como gustan de hacer algunas personas en
España. ¡Es la pura realidad, demostrada y contrastada!
Extinguir el
impuesto de Matriculación
Así debería
ser. Debe desaparecer el impuesto de matriculación, pues es la
convergencia lógica a la que debemos dirigirnos para no caer en
significativos agravios comparativos con otros países de la Unión
Europea. Nuestros vecinos comunitarios remontan la profunda crisis
del sector náutico mucho mejor que nosotros. ¡Claro los barcos les
salen un 12% más baratos!
Hasta ahora, y
gracias a la posibilidad de acogerse al pago del IVA en el
extranjero al comprar mediante financiación leasing en el
extranjero, el brutal agravio quedaba algo diluido, aunque sólo
parcialmente. Pero esto toca a su fin y el sector de los barcos a
partir de los 8 metros de eslora peligra aún más. La situación
acogota a las empresas náuticas con situaciones económicamente
imposibles. ¡Quiebras que no falten y más paro y seguros sociales a
costear por el estado!
Baja el
impuesto de matriculación en Cataluña
Durante
el pasado salón náutico de Barcelona 2009, el Gobierno Catalán
anunció, que para ayudar a paliar la profunda crisis del
sector, la hacienda catalana se encargará de reintegrar un 30%
del impuesto de matriculación a los compradores que decidan
comprar un barco nuevo durante 3 meses contados a partir de la
celebración del salón. Una bajada de 3,6 puntos que deja el
impuesto en un 8,4%, ¡al menos para las compras efectuadas
durante los primeros meses del año 2010!
Es una
buena noticia que ojala apunte hacia lo que verdaderamente
debe ocurrir: la TOTAL desaparición de tan nefasto freno para
la industria de la náutica de recreo.
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¿Por qué desaparece
el IVA reducido en el leasing extranjero?
En el año 2008
aparecieron unas directrices comunitarias dictaminando la
obligatoriedad de pagar el IVA, no en el país en el que resida el
banco que financia la operación, (prestador del servicio) sino en el
país en donde el barco sea realmente utilizado o donde tenga su
domicilio fiscal el sujeto pasivo del IVA pagador del mencionado
leasing. Esto es en esencia la conclusión de muchos párrafos de
farragosas explicaciones jurídicas que deberán pasar a rango de
ley, a partir del próximo 1 de Enero de 2010.
Los cambios
sobre las reglas de localización en materia de IVA, que en principio
no afectan en otros ámbitos donde los tipos de IVA eran los
normales, en el caso concreto del leasing náutico francés e
italiano, tienen especial repercusión por la imposibilidad de
aplicar ese codiciado IVA REDUCIDO.
La Directiva,
que con casi seguridad pasará a ley de forma inmediata, indica que a
partir de Enero 2.010, se deberá aplicar el IVA en España a los
sujetos pasivos de IVA, empresas y particulares que tengan alguna
actividad que les obligue a presentar declaraciones de IVA, por
ejemplo, una persona física que tiene una actividad profesional o
arrendamiento de un local. A partir de Enero de 2.013, el cambio
será general incluso para las personas físicas y no jurídicas y
concretamente la Directiva cita el alquiler de embarcaciones a largo
plazo.
En otras
palabras, a partir de Enero 2.010, no será posible el IVA reducido
para empresas y autónomos, y para nadie a partir de año 2.013.
Las empresas y
autónomos recibirían a partir de Enero en sus facturas de leasing
náutico, un IVA cero, y cada uno deberá ingresar y autodeclarar el
IVA en España dentro de sus declaraciones de IVA, deduciéndolo o no,
dependiendo de si su actividad está dentro del sector náutico o el
uso del barco es puramente privativo.
En estos
momentos el debate está abierto en Francia e Italia pues incluso se
valora y debate en el congreso la eliminación del IVA reducido de
forma definitiva, también a nivel interno especialmente en Francia.
Pero de la
misma forma que el Estado Español está obligado a acatar y legislar
en base a esta Directiva comunitaria, también debe tener la sensatez
y el sentido común de acabar con el Impuesto de Matriculación, para
contrarrestar al menos en parte, el efecto negativo que todo este
cambio de normativa causará a la náutica de recreo en España,
justamente en uno de los momento más difíciles y críticos debido a
la brutal caída de las ventas. Eliminar el impuesto de matriculación
es necesario, casi fundamental para la continuidad y viabilidad de
este sector industrial de la economía española.
¿Se aplicarán
efectos retroactivos sobre los contratos actualmente vigentes?
Es falso que
se vayan a producir efectos retroactivos sobre los contratos de
leasing extranjero actualmente en vigor. Las cuotas que ya haya
pagado con el IVA reducido, pagadas están. Sin embargo las cuotas
futuras subirán en una cuantía importante…
¿Cuánto? Pues
la diferencia de IVAs, es decir del orden de un 7% en el caso de
tener usted contratado un leasing francés, y bastante más si el
leasing es para un gran yate adquirido con leasing italiano. Si
usted paga por ejemplo una cuota mensual de 940€ en leasing francés,
sus nuevas cuotas serán dentro de poco de algo más de 1.000€. ¡El
negocio ofrecido por estos bancos ya no es nada ventajoso!
Por otro lado,
la nueva normativa obliga a las empresas prestadoras de servicios
(en nuestro caso a los bancos y compañías de Leasing) a presentar
en hacienda una relación mensual con el NIF, nombre y apellidos así
como los importes facturados a cada sujeto pasivo del IVA!
Los bancos
extranjeros se quedan sin ventajas
Las
operaciones de leasing náutico con IVA reducido y tipos de interés
fijos al 8% a, por ejemplo 15 años, deberán reconvertirse y pagarán
el IVA español, que además
pasará del 16% al 18% en verano. A ello hay que añadir que el tipo
de interés no bajará, pues ha sido marcado como FIJO en el contrato
y es de obligado cumplimiento por parte del armador que firmó dicho
contrato.
Con un Euribor
tan bajo, muchos clientes tendrán la tentación de intentar modificar
o cancelar esas operaciones para traspasarlas a su banco en España,
pero entonces tendrán que pagar altas comisiones de cancelación,
cercanas al 4%...
Asegure sus
condiciones
Es importante
a raíz de todos estos cambios, valorar bien el contrato que vayamos
a firmar y evitar posibles sustos debidos a los cambios
legislativos. El “juego” del IVA nos puede costar caro y hacer que
nuestras cuotas suban de repente de forma significativa.
Para evitar
sorpresas desagradables, debemos exigir por escrito, los siguientes
puntos fundamentales:
1- Tipo
de IVA que se va a aplicar. Debemos saber si el IVA de las cuotas
variará durante toda la duración del contrato, y si es así, a partir
de qué fecha pasaremos a pagar otro IVA distinto.
2-
Condiciones financieras puras (TAE) con independencia del efecto del
IVA reducido sobre la parte fiscal, es decir, conocer el TAE real, como
cuando se pide un préstamo en un banco nacional.
3-
Condiciones y posibilidades de cancelación anticipada en caso de que
las condiciones fiscales cambien de forma importante. Debemos
protegernos frente a una subida del IVA exigiendo en este caso una
posible cancelación anticipada sin gastos de cancelación,
El Leasing Náutico
Español y Renting Náutico Español
Hasta ahora
estos productos competían en el mercado sin poder aplicar ninguna
ventaja fiscal que igualara a la reducción del IVA aplicado en
Italia o Francia.
A partir de
ahora y en igualdad de condiciones fiscales, serán las condiciones
financieras, comisión de apertura, tipo de interés (Fijo o
variable), condiciones de cancelación anticipada, servicio ofrecido
al cliente, Red de oficinas disponibles,… las que tendrá que valorar
el cliente para decidir la financiación más ventajosa.
En este
sentido, pensamos que los bancos nacionales tienen mucho que decir y
que ofrecer a partir de ahora en este mercado náutico, como ya lo
hacen en el resto de sectores de la economía española...
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