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Septiembre 2013

Reforma de las Titulaciones Náuticas
 
 
En respuesta a la reivindicación de las empresas del sector

La DGMM en colaboración con ANEN ultima el texto legislativo para la reforma de las titulaciones náuticas. El texto de la Orden Ministerial que regulará las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo se circulará a los agentes sociales en los próximos días.

Ampliar y homologar las atribuciones de los títulos náuticos en España con el marco legislativo vigente en países de nuestro entorno europeo es el objetivo de la reforma normativa impulsada por ANEN y ejecutada por la Dirección General de la Marina Mercante, que se aplicará una vez entre en vigor la futura Orden Ministerial.

Han sido varias las modificaciones que se han hecho en el texto del proyecto de la Orden Ministerial que reformará las titulaciones náuticas. El motivo no ha sido otro que adecuarlo a las demandas de los diferentes subsectores que conforman el sector náutico y contribuir con ello a ganar competitividad y dinamización del mercado, sin olvidar la seguridad humana en la mar.

Para ello, se han incorporado las siguientes mejoras:
- Se elimina la limitación de potencia de la licencia federativa (titulín), que con la nueva normativa permitira gobernar embarcaciones de hasta seis metros de eslora y con potencia recomendada por el fabricante.
- Se amplía la eslora de las embarcaciones a motor y vela, hasta 8 metros, que podrán ser gobernadas con el PNB (Patrón de Navegación Básica) y se delega exclusivamente en las escuelas náuticas la expedición de dicha titulación, sin necesidad por tanto de superar los exámenes convocados por la administración.
- Se aumentan las atribuciones del PER (Patrón de Embarcación de Recreo), con el que se podrán gobernar embarcaciones de recreo sin limitación de eslora (en lugar de los 12 metros actuales), hasta 12 millas de la costa; permitiendose la navegación entre la Islas Canarias y Baleares y también entre la península y las Islas Baleares.
- Además, una vez superada la teoría para obtener el PNB, no será necesario repetirla para acceder al PER.
- Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Yate, que permitirá gobernar embarcaciones sin límite de eslora (en sustitución de los 20 metros actuales) y hasta 100 millas (en lugar de las 60 actuales) de la costa, incluido todo el mediterráneo.
- Se contempla la posibilidad de que los títulos naúticos de PER, Patrón de Yate y Capitán de Yate puedan facultar a desarrollar actividades profesionales a bordo de embarcaciones de recreo. No obstante, por requisitos legislativos, esta cuestión será tratada en un Real Decreto que se tramitará en paralelo a la Orden Ministerial.
- Se simplifican, racionalizan y actualizan los temarios tanto de teoría como de las prácticas.

Con estas mejoras y una vez que el texto sea remitido a los agentes sociales, ANEN presentará, si lo considera oportuno, las posibles alegaciones para mejorar si cabe el texto definitivo.

 

 
 
 

 

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