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| Agosto 2010 | Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo | | | | Ya está en vigor la normativa para acceder al certificado de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
El pasado 12 de agosto se publicó en el BOE, una resolución de la Dirección General de la Marina Mercante, en la que se establece el procedimiento para obtener el certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo.
Este certificado faculta para:
1.- Gobernar embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre
que no lleven más de 12 personas a bordo incluida la tripulación, de eslora igual o inferior a 24 metros, en navegaciones a lo largo de la costa española dentro de la zona comprendida entre esta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
2.- Ejercer como instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las
titulaciones de patrón de navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo.
Podrán acceder a esta titulación, los Capitanes de Yate, nacionales de algún país de la Unión Europea o del
Espacio Económico Europeo, mayores de veinte años de edad.
Para obtener este certificado, entre otros requisitos, hay que superar una prueba de conocimientos que tendrá
lugar en Madrid el próximo mes de Noviembre.
Cenautica ha programado un curso para la preparación de esta prueba en su escuela de Madrid (Calle
Menéndez Pidal, 19) que comenzará el próximo 7 de octubre, con clase los jueves de 18:15 a 22 horas.
Posteriormente Cenautica convocará los cursos para la obtención de los certificados también necesarios para
obtener esta certificación, que son:
- Formación sanitaria;
- Operador restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima
- Formación básica,
- Básico de pasaje o buque que transporten cargamento rodado (ro-ro) de pasaje y buques de pasaje distintos de buques ro-ro.
Simultáneamente se programarán las travesías para acreditar la experiencia de navegación que también se
requiere: Haber navegado, al menos, 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de más de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta, de un puerto de zarpada a uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía, esta travesía deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
Para esta acreditación, se contabilizarán las navegaciones ya realizadas en los barcos escuela de Cenautica.
Para mas información o para reservar su plaza diríjase a cualquiera de nuestras escuelas, en el 902 102 809 o mándenos un email indicándonos sus datos a info@cenautica.com, y le enviaremos toda la información con detalle.
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